A Coruña lidera la demanda contra aerolíneas por el cobro del equipaje de mano

Un juzgado coruñés eleva al Tribunal de Justicia de la UE la cuestión sobre la legalidad de las tarifas de Vueling, Volotea y Ryanair.

Primer plano de una mano con una tarjeta de embarque y cabina de avión desenfocada.
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Primer plano de una mano con una tarjeta de embarque y cabina de avión desenfocada.

Un magistrado de A Coruña ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea la cuestión sobre el cobro del equipaje de mano por parte de las aerolíneas Vueling, Volotea y Ryanair, cuestionando su legalidad.

La Fiscalía de A Coruña impulsa un procedimiento judicial contra las compañías aéreas Vueling, Volotea y Ryanair por su política de cobro por el equipaje de mano. Un juzgado de la ciudad ha remitido la consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para determinar si estas prácticas son compatibles con la normativa europea y si vulneran los derechos de los consumidores.
La demanda, presentada por el Ministerio Fiscal en 2024, busca que se declaren nulas las condiciones generales de contratación que permiten a las aerolíneas cobrar un suplemento por la maleta de cabina, independientemente de si va bajo el asiento delantero o en el compartimento superior, siempre que cumpla las exigencias razonables de peso y dimensiones.
El litigio enfrenta la normativa española, que establece el transporte gratuito de ciertos objetos y bultos de mano salvo por razones de seguridad, con la normativa europea que ampara la libertad de fijación de precios de las aerolíneas. Las compañías defienden que sus tarifas básicas permiten precios más bajos para quien prescinde de servicios accesorios y argumentan problemas operativos y de seguridad por falta de espacio.
El tribunal coruñés reconoce la problemática del espacio limitado en los compartimentos superiores de las aeronaves actuales, pero también señala la necesidad de transportar objetos indispensables como higiene, medicinas o ropa de abrigo sin sobrecoste. La resolución también apunta que la sentencia europea de 2014 sobre equipaje facturado no resuelve completamente esta cuestión sobre el equipaje de mano en cabina, especialmente con los nuevos hábitos de viaje.
El juzgado expone dos cuestiones principales al tribunal europeo: si la libertad de precios permite cobrar por equipaje de mano adicional cuando el billete básico ya incluye un bulto pequeño gratuito, y si dicha libertad se opone a la norma española que obliga al transporte gratuito salvo por razones de seguridad. También se pregunta si este cobro puede considerarse abusivo para el consumidor.
Mientras el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no responda, el procedimiento permanece suspendido, sin una decisión definitiva sobre la nulidad de estas cláusulas.