Esta ventaja fiscal, que posiciona a Canarias como una de las pocas comunidades autónomas en ofrecer este beneficio, permite a los ciudadanos recuperar una parte significativa de lo invertido en productos ópticos. La deducción se aplica sobre el 12% del gasto total, con un límite máximo establecido en 500 euros por contribuyente.
A diferencia de otras regiones, como Murcia, donde estas ayudas se restringen a menores de edad, en el archipiélago la medida abarca a toda la población residente que cumpla con los requisitos fiscales. Para poder acceder a este ahorro, es fundamental conservar la factura detallada de la compra, la cual debe haberse realizado durante el ejercicio fiscal anterior.
Estas desgravaciones son “poco conocidas”, por lo que recomiendan revisar detenidamente el apartado de deducciones autonómicas antes de confirmar el borrador para no dejar “ni un euro en el tintero”.
La relevancia de esta deducción es considerable, dado que aproximadamente el 80% de la población requiere algún tipo de corrección visual. Además de gafas y lentillas, la normativa incluye otros productos esenciales como las lentes de contacto y las soluciones de mantenimiento, ampliando así el abanico de gastos deducibles.
Los expertos fiscales enfatizan la importancia de revisar con atención el apartado de deducciones autonómicas en el borrador de la declaración, ya que muchos contribuyentes desconocen esta posibilidad y, al no incluir estos gastos, pierden la oportunidad de un ahorro real. Es imprescindible que las compras se efectúen en establecimientos autorizados y que el contribuyente tenga su residencia fiscal en las Islas Canarias.




