Hacienda permite desgravar los muebles de pisos alquilados

Los propietarios pueden deducir el coste de mobiliario y electrodomésticos en la declaración de la Renta mediante amortización.

Imagen genérica de dinero y calculadora sobre una mesa.
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Imagen genérica de dinero y calculadora sobre una mesa.

La Agencia Tributaria facilita a los propietarios la deducción del coste de muebles y electrodomésticos en viviendas de alquiler mediante la amortización anual, según la normativa fiscal vigente.

Los propietarios de inmuebles destinados al alquiler pueden beneficiarse de deducciones en la declaración de la Renta por el coste de los muebles y electrodomésticos instalados. Según los criterios de la Dirección General de Tributos, esta deducción se aplica mediante un sistema de amortización, que reparte el valor deducible a lo largo de los años en función de la depreciación de los bienes.
Elementos como sofás, camas, mesas, frigoríficos, lavadoras o sistemas de climatización, si están directamente vinculados a la obtención de rendimientos del capital inmobiliario, se consideran bienes que pierden valor con el uso. La deducción anual permite desgravar esta depreciación efectiva.
El sistema de amortización habitual establece un coeficiente lineal máximo del 10% anual sobre el valor de adquisición del mobiliario, con un período máximo de 20 años. Por ejemplo, una inversión de 5.000 euros en equipamiento podría permitir una deducción de hasta 500 euros anuales durante una década, siempre que el inmueble continúe arrendado.
Para poder realizar esta deducción, es imprescindible conservar las facturas originales de compra a nombre del propietario y poder acreditar que los muebles forman parte del contrato de alquiler. Las reparaciones de elementos ya existentes se consideran gastos de "reparación y conservación" y se deducen íntegramente en el ejercicio fiscal correspondiente.
Esta posibilidad, contemplada en la Ley del IRPF y respaldada por consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, aunque no es una novedad legislativa, sigue siendo una de las deducciones más olvidadas por los arrendadores.