Entre las principales innovaciones, se incluyen deducciones por gastos de gimnasio, celiaquía y veterinarios. Además, se estrenan beneficios fiscales sin límite de renta para situaciones como el nacimiento, adopción o acogimiento de menores. La Junta de Andalucía enfatiza la necesidad de marcar las casillas correspondientes en la declaración para aplicar estas deducciones, ya que no se activan automáticamente al ser exclusivas de la comunidad.
En el ámbito de la vivienda, se ha mejorado la deducción por alquiler, alcanzando un 15% para menores de 35 años, mayores de 65 y víctimas de violencia de género o terrorismo. El límite de esta deducción se amplía de 1.200 a 1.500 euros en casos de discapacidad, siempre que la base imponible se sitúe entre 25.000 y 30.000 euros.
Para los gastos veterinarios, la deducción es del 30%, con un tope de 100 euros por contribuyente. Esta medida se aplica durante el primer año de convivencia con la mascota, extendiéndose a tres años en caso de adopción y durante toda la vida del animal para perros guía y de acompañamiento terapéutico. Las bases imponibles para esta deducción oscilan entre 80.000 y 100.000 euros.
Otras deducciones relevantes incluyen un 15% para gastos de gimnasio, con un límite de 100 euros, y 100 euros por contribuyente o miembro familiar que padezca celiaquía. También se contempla un 6% de deducción por inversión en vivienda habitual para menores de 35 años o viviendas protegidas, sin límite de edad, con bases imponibles entre 25.000 y 30.000 euros.
Las familias monoparentales o aquellas con personas mayores de 75 años a su cargo pueden deducir 100 euros, con rentas entre 80.000 y 100.000 euros. Las familias numerosas se benefician de 200 euros, que aumentan a 400 si son de categoría especial. Los gastos educativos, como academias de inglés, permiten una deducción del 15% por hijo, con un tope de 150 euros. Para contribuyentes con discapacidad, la deducción es de 150 euros por persona, con rentas entre 25.000 y 30.000 euros.
Finalmente, se incluyen deducciones por cónyuges o parejas de hecho con discapacidad (100 euros si el grado es del 65% o más), asistencia a personas con discapacidad (hasta 100 euros), ayuda doméstica (20% de los gastos de Seguridad Social, hasta 500 euros) y donativos con finalidad ecológica (10% de lo donado, hasta 150 euros). El listado se completa con un 20% de deducción por inversión en acciones de sociedades y hasta 200 euros en gastos de defensa jurídica en procedimientos de despido o reclamación de cantidades.




