Estas ayudas, gestionadas por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, podrán alcanzar hasta 6.200 euros por solicitante, dependiendo de las circunstancias. Los fondos están destinados a sufragar conceptos como honorarios de notarios y registradores, seguros de responsabilidad civil, suministros básicos (agua, gas, electricidad), así como la creación de páginas web y la adquisición de licencias informáticas.
Podrán beneficiarse de estas subvenciones las personas desempleadas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad de su colegio profesional. Un requisito fundamental es mantener la actividad durante un mínimo de dos años.
El plazo para solicitar estas ayudas es de tres meses a partir del inicio de la actividad empresarial, que se considera la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas o en el RETA. La convocatoria, de plazo indefinido, permite realizar la solicitud en cualquier momento del año a través de la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.




