Abogado laboralista aclara: las empresas no pueden obligar a fichar con el móvil personal

Un experto legal advierte sobre la práctica de exigir a los empleados el uso de sus dispositivos privados para registrar la jornada laboral, citando sanciones judiciales.

Imagen genérica de un smartphone mostrando una aplicación de registro horario en un entorno de oficina.
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Imagen genérica de un smartphone mostrando una aplicación de registro horario en un entorno de oficina.

Un abogado laboralista ha alertado sobre la creciente práctica de que las empresas exijan a sus empleados fichar la jornada laboral utilizando sus teléfonos móviles personales, una exigencia que considera ilegal y que ya ha sido sancionada por la justicia.

El registro de la jornada laboral es una obligación para la mayoría de los trabajadores en las Canarias, permitiendo a las empresas controlar el tiempo de trabajo. Si bien los sistemas han evolucionado tecnológicamente, algunos métodos han generado controversia por posibles vulneraciones de la privacidad. El abogado laboralista Juanma Lorente ha señalado que el uso de aplicaciones móviles personales para fichar es una práctica cuestionable y no siempre recomendable.
Lorente explica que, aunque es frecuente ver esta situación, las empresas no pueden obligar a los empleados a utilizar sus dispositivos privados para registrar la entrada y salida. Según el experto, esta práctica traslada al trabajador una responsabilidad que debe asumir la compañía. Por ello, si una empresa desea implementar un sistema de fichaje móvil, debe proporcionar los medios necesarios, como un teléfono de empresa para tal fin.
Esta interpretación, subraya el abogado, no es una opinión personal, sino que se basa en resoluciones administrativas y judiciales que respaldan la protección de datos y los derechos laborales. Algunas compañías ya han enfrentado sanciones significativas, que superan los 200.000 euros, por mantener estos sistemas de fichaje con dispositivos personales. Además, algunos empleados han conseguido compensaciones económicas tras reclamar judicialmente.
La crítica del abogado también se extiende a otros sistemas de registro de jornada, como aquellos que emplean datos biométricos (reconocimiento facial o huella dactilar). Lorente advierte que estos métodos, salvo en casos excepcionales, no deberían ser obligatorios, especialmente cuando existen alternativas menos invasivas. Considera que muchos trabajadores desconocen sus derechos y aceptan procedimientos legalmente cuestionables. Propone que los sistemas más adecuados son aquellos que utilizan un código personal o una simple pulsación en una aplicación.